18 de Agosto de 2021
Se amplió plazo para postula a beneficios de la ley 20.330
Hasta el 24 de agosto se puede realizar la postulación a los beneficios de la ley 20.330, que establece que los deudores del crédito solidario universitario regulado por la ley N° 19.287, sus modificaciones y reglamentos, y los deudores del crédito para estudios de educación superior a que se refiere la ley Nº 20.027 y su reglamento, que a contar del 1 de enero de 2009 podrán prestar servicios remunerados en las municipalidades, corporaciones y fundaciones municipales, o asociaciones municipales, correspondientes a comunas con menores niveles de desarrollo del país, podrán acceder a los beneficios que se establecen en su artículo 2º.
Asimismo, podrán acceder a los beneficios establecidos en el artículo 2°, los deudores que, cumpliendo los requisitos que señala la ley, se incorporen a prestar servicios remunerados en corporaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales, en adelante ONG, que presten funciones de apoyo a los municipios de las comunas con menores niveles de desarrollo del país.
El beneficio es de un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, o a un monto equivalente a la cantidad pagada de su crédito en el año calendario anterior, según corresponda. Con un tope anual de dieciséis unidades tributarias mensuales.
* Corporaciones, fundaciones u ONG’S que se encuentren inscritas en el Registro Nacional autorizado de corporaciones, fundaciones y ONG’s Ley 20.330.
REQUISITOS A POSTULAR:
Los requisitos para postular al beneficio son los siguientes:
- Haber obtenido un título de una carrera, programa o especialidad impartido por una institución de educación superior, autónoma y reconocida oficialmente por el estado.
- Ser deudor del crédito solidario universitario regulado por la Ley N° 19.287, sus modificaciones y reglamentos, o del crédito para estudios de educación superior a que se refiere a la Ley N°20.027 y su reglamento.
- Efectuar la prestación de servicios remunerados en alguna de las Municipalidades, Corporaciones y fundaciones Municipalidades, Asociaciones Municipales o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, según el caso, o en Corporaciones, Fundaciones u ONG, que presten servicios de apoyo a los Municipios, en comunas con menores niveles de desarrollo del país, determinadas por el Reglamento de la Ley 20.330.
- Prestar el servicio en alguna de las comunas seleccionadas para el año 2021: Lanco, Mariquina, Lago Ranco, Los Lagos, Mafil, Paillaco, Corral, Rio Bueno, Futrono, La Unión y Panguipulli.
POSTULACIÓN: Descargar Bases 2019
Los postulantes deberán presentar ante la Delegación Presidencial Regional de Los Ríos, una vez cumplido el año ininterrumpido de la prestación de alguno de los servicios que define la ley, todos los antecedentes que a continuación se detallan:
- Carta del postulante dirigida al Sr. Delegado Presidencial Regional, César Asenjo, indicando motivos de la postulación.
- Ficha Única de Postulación (Debidamente Firmado postulante)
- Fotocopia cédula de identidad ambos lados del postulante.
- Copia simple del certificado de título legalizado.
- Certificado deudor al día Comisión Ingresa Ley N° 20.027
- Certificado deudor al día Fondo Solidario Ley N° 19.287
- Certificado del Alcalde de la comuna donde se desempeña el postulante, indicando la actividad que cumple, horas de trabajo y tiempo permanencia.
- Copia de Contrato de trabajo que acredita 44 horas semanales o excepciones Art N°9 Reglamento.
- Adjuntar copias de las 3 últimas liquidación de sueldo.
PLAZOS
- La Delegación Presidencial Regional recibirá las postulaciones hasta el 24 de agosto, con el objeto de proceder al análisis de los antecedentes. Estos deberán ser entregados en la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial (ex Intendencia Regional), ubicada en calle Bernardo O´Higgins 543, primer piso, de la ciudad de Valdivia. De lunes a Viernes en horario de 08:30 a 13:00 de 14:30 a 16:30 hrs. No se recibirán postulaciones fuera de plazo.
- La Delegación Presidencial comunicará a los postulantes mediante oficio y/o correo electrónico, en los casos que corresponda, que no cumplen con los requisitos para optar al beneficio, señalando en forma expresa el fundamento de tal situación.
- La Intendencia emitirá el CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE VERIFICACION DE REQUISITOS LEY 20.330, por cada beneficiario(a), tanto para el beneficio anual o adicional, según corresponda. Estos certificados serán entregados directamente a los(as) beneficiarios(as). Así también, se remitirá copia a los Administradores de Créditos de las Universidades y Directora Ejecutiva de Comisión Ingresa.
Para consultas:
Para descargar bases y formulario único para postular click aquí:
http://www.sinim.gov.cl/desarrollo_local/decreto_ley20330/documentos_ley20330.php
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